¿Qué es la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) y quién puede solicitarla en 2026?

EPI en 2026: qué es y quién puede solicitarla

La EPI, conocida jurídicamente como Exoneración del Pasivo Insatisfecho, es uno de los conceptos más importantes dentro de la Ley de Segunda Oportunidad. Aunque su nombre técnico puede parecer complejo, en realidad hace referencia a algo mucho más sencillo: la posibilidad de cancelar deudas que una persona no puede pagar.

En los últimos años, la EPI se ha convertido en una herramienta fundamental para personas físicas en situación de insolvencia. Gracias a este mecanismo, muchas personas han podido dejar atrás deudas imposibles de asumir y recuperar estabilidad económica.

Qué es exactamente la EPI

La Exoneración del Pasivo Insatisfecho es el mecanismo legal que permite cancelar determinadas deudas cuando una persona física no puede hacer frente a sus obligaciones económicas.

Está regulada en el Libro Segundo del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC) y es el objetivo final de lo que popularmente conocemos como la Ley de Segunda Oportunidad.

No es un «perdón» arbitrario, sino un derecho que concede un juez si se cumplen estrictamente los requisitos legales. Su objetivo es flexibilizar el artículo 1.911 del Código Civil, que establece que el deudor responde de sus deudas con todos sus bienes «presentes y futuros». La EPI rompe esa cadena para evitar que una persona quede arruinada de por vida.

Dicho de otra forma, la EPI es la resolución judicial mediante la cual se extinguen total o parcialmente las deudas que han quedado pendientes tras un procedimiento concursal.

Por eso, cuando se habla de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, en realidad se está hablando de intentar obtener la exoneración del pasivo insatisfecho.

Por qué existe la EPI

La finalidad de la EPI es permitir que las personas que han actuado de buena fe puedan empezar de nuevo sin quedar atrapadas indefinidamente en una situación de insolvencia.

Antes de la aparición de este mecanismo, una persona con deudas podía permanecer durante años sometida a embargos, intereses y reclamaciones sin posibilidad real de recuperación económica.

La Ley de Segunda Oportunidad cambió esta situación al introducir la posibilidad de cancelar determinadas deudas y ofrecer una auténtica segunda oportunidad financiera.

El objetivo no es beneficiar a quien incumple deliberadamente sus obligaciones, sino proteger a quienes, por circunstancias económicas adversas, no pueden afrontar sus pagos de forma razonable.

Cómo funciona la EPI en 2026

La EPI se enmarca dentro de un procedimiento concursal regulado por la Ley Concursal específico para las personas físicas (persona natural).

La persona deudora debe acreditar una situación de insolvencia, es decir, demostrar que no puede cumplir regularmente con sus obligaciones económicas. A partir de ahí, se inicia el procedimiento correspondiente y, una vez cumplidos los requisitos legales, puede solicitarse la exoneración de las deudas pendientes.

Tras la reforma introducida por la Ley 16/2022, el sistema se volvió más flexible y ágil. Uno de los cambios más importantes fue eliminar determinados requisitos que anteriormente dificultaban el acceso a la exoneración.

Por ejemplo, actualmente ya no es obligatorio intentar un acuerdo extrajudicial de pagos antes de solicitar la EPI. Esto ha simplificado notablemente el procedimiento en muchos casos.

Además, el sistema actual permite diferentes vías para acceder a la exoneración:

  • Mediante liquidación del patrimonio
  • Mediante un plan de pagos
  • O a través del denominado concurso sin masa, un procedimiento simplificado para aquellos casos en los que no existen bienes susceptibles de liquidar.

Esto permite adaptar la solución a cada situación económica concreta.

Las vías para solicitar la EPI en 2026

Actualmente, el TRLC ofrece dos opciones principales para conseguir la cancelación de deudas:

  1. Exoneración con liquidación de la masa activa (Art. 501 y ss. TRLC): Se venden todos los bienes del deudor (si los tiene) para pagar lo que se pueda. Si carece por completo de patrimonio, se tramita lo que el artículo 37 bis denomina un concurso sin masa (un proceso exprés). Al terminar, las deudas pendientes se cancelan por completo.

Exoneración mediante Plan de Pagos (Art. 495 y ss. TRLC): Esta vía permite al deudor salvar su vivienda habitual o los bienes necesarios para su trabajo. A cambio, se compromete a pagar una parte de la deuda mediante un plan estricto de 3 a 5 años adaptado a sus ingresos reales. Al finalizar el plan, el resto de la deuda exonerable se borra de forma definitiva.

¿Quién puede solicitarla? (Requisitos de buena fe)

La EPI está destinada exclusivamente a personas físicas (tanto particulares como autónomos). Para que el Juez de lo Mercantil apruebe la exoneración, el deudor debe demostrar que está en situación de insolvencia y que cumple con el presupuesto de buena fe.

El artículo 487 del TRLC determina que NO actúa de buena fe y, por tanto, no podrá solicitar la EPI, quien cumpla alguno de estos puntos:

  • Tener condenas por delitos económicos o sociales (contra Hacienda, Seguridad Social, estafas, etc.) en los últimos 10 años.
  • Haber sido sancionado administrativamente por infracciones tributarias muy graves.
  • Haber provocado o agravado la crisis económica de forma temeraria o fraudulenta.
  • No colaborar con el juez o el administrador concursal ocultando información o bienes.

El requisito de la buena fe

Para que se conceda la EPI es necesario cumplir con una serie de requisitos que acrediten que nos encontramos ante una persona deudora de buena fe. Esto implica, entre otras cuestiones:

  • No ocultar bienes o ingresos
  • No generar deudas de forma fraudulenta
  • Colaborar con el procedimiento
  • Facilitar información económica veraz

La finalidad de estas exigencias es evitar un uso abusivo del sistema.

La ley establece unos requisitos objetivos muy claros para definir al deudor de buena fe; si se cumplen todos, es posible cancelar las deudas.

¿Qué deudas se cancelan y cuáles no?

En términos generales, la EPI permite eliminar gran parte de las deudas privadas, incluyendo préstamos personales, tarjetas de crédito, microcréditos o descubiertos bancarios.

Sin embargo, el artículo 489 del TRLC establece excepciones estrictas e inderogables:

  • Crédito Público (Hacienda,  Seguridad Social y otras administraciones): Tienen un límite máximo de condonación de 10.000 euros por organismo. Los primeros 5.000 euros se borran al 100%, y a partir de ahí se cancela el 50% hasta llegar al tope legal. El resto de la deuda pública es obligatorio pagarla.
  • Pensiones de alimentos: Las deudas por el impago de pensiones de alimentos a los hijos nunca se cancelan.
  • Hipotecas activas: Si decides acogerte al plan de pagos para quedarte con la casa, la deuda de la hipoteca se mantiene y debes seguir pagándola de forma regular.

Así, no todas las obligaciones reciben el mismo tratamiento dentro del concurso, por lo que cada situación requiere un estudio individualizado.

La evolución de la normativa y de las resoluciones judiciales ha ido ampliando parcialmente las posibilidades de exoneración de deuda pública, aunque siguen existiendo límites concretos.

Por eso, antes de iniciar cualquier procedimiento, es fundamental analizar la composición exacta de la deuda y valorar qué parte puede llegar a cancelarse realmente.

Efectos de conseguir la EPI

Una vez que el juez dicta la resolución firme que concede la EPI, los efectos jurídicos son inmediatos:

  • Los acreedores ya no pueden reclamar ni embargar nada por las deudas canceladas.
  • Se paralizan todas las ejecuciones sobre créditos exonerables.
  • Se detiene el devengo de nuevos intereses.
  • El deudor ostenta el derecho a exigir la cancelación inmediata de sus datos en los registros de morosidad (como ASNEF, BADEXCUG o CIRBE).

La relación entre la EPI y el concurso de acreedores

Aunque muchas personas identifican la Ley de Segunda Oportunidad únicamente con la cancelación de deudas, la realidad es que la EPI forma parte de un procedimiento concursal más amplio.

El concurso de acreedores es el marco legal dentro del cual se tramita la insolvencia. La EPI aparece al final de ese procedimiento como el mecanismo que permite exonerar las deudas pendientes.

Esto significa que la exoneración no funciona de forma automática ni independiente, sino integrada dentro del sistema concursal.

Dependiendo de la situación económica, el procedimiento puede desarrollarse de distintas maneras. En algunos casos será necesaria la liquidación de bienes y en otros podrá acudirse a mecanismos más simplificados.

Por ejemplo, cuando la persona carece de patrimonio suficiente, puede tramitarse un concurso sin masa, una vía especialmente relevante tras la reforma concursal.

Qué cambios ha habido recientemente en la exoneración

La regulación de la EPI ha evolucionado mucho en los últimos años. Las reformas legislativas y las interpretaciones del Tribunal Supremo han ido modificando algunos aspectos esenciales del sistema.

Uno de los principales objetivos de estas reformas ha sido facilitar el acceso a la exoneración y reducir obstáculos innecesarios.

Entre los cambios más relevantes destacan:

  • Mayor flexibilidad en los procedimientos
  • Eliminación de determinados requisitos previos
  • Nuevas reglas sobre deuda pública
  • Posibilidad de acceder a la exoneración mediante plan de pagos

Además, las últimas resoluciones judiciales han tenido una gran importancia en la interpretación práctica de los límites de la exoneración y del tratamiento de determinadas deudas. Por eso, actualmente resulta imprescindible trabajar con información actualizada y analizar cada caso conforme al criterio jurídico más reciente.

Cuándo puede ser recomendable solicitar la EPI

La EPI suele ser especialmente útil cuando la situación de endeudamiento se ha vuelto estructural y no existe capacidad real de recuperación mediante soluciones ordinarias.

Muchas personas intentan durante años refinanciar sus deudas, solicitar nuevos préstamos o reunificar pagos. Sin embargo, cuando el nivel de endeudamiento es excesivo, estas soluciones suelen agravar el problema.

En estos casos, la Ley de Segunda Oportunidad permite afrontar la insolvencia de forma ordenada y buscar una solución definitiva.

Eso sí, cuanto antes se analice la situación, más opciones existirán para diseñar una estrategia adecuada y evitar consecuencias mayores.

La importancia del asesoramiento especializado

La EPI es un mecanismo jurídico complejo que requiere un análisis técnico detallado. Aunque desde fuera pueda parecer simplemente una “cancelación de deudas”, en realidad implica cuestiones concursales, patrimoniales y procesales que deben estudiarse correctamente.

Además, la normativa sigue evolucionando y muchas personas continúan manejando información desactualizada sobre los requisitos o las posibilidades reales de exoneración.

Por eso, contar con asesoramiento especializado es fundamental para:

  • Analizar la viabilidad del procedimiento
  • Determinar qué deudas pueden exonerarse
  • Elegir la estrategia más adecuada
  • Preparar correctamente toda la documentación

Un planteamiento incorrecto puede retrasar el procedimiento o reducir las posibilidades de éxito.

¿Necesitas solicitar la EPI?

Si te encuentras en una situación en la que no puedes pagar tus deudas y quieres saber si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, en Sinergia Abogados podemos ayudarte.

Analizamos tu caso de forma personalizada para determinar si cumples los requisitos y qué opciones existen para obtener la exoneración de tus deudas.

Llámanos al 868 97 01 00, o rellena nuestro formulario con tu situación desde nuestra web.

Conocer cómo funciona la EPI puede ser el primer paso para recuperar tu estabilidad económica y empezar de nuevo.

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